Nueva Normalidad, dos de los muchos aspectos que nos preocupan. Free Covid y Sanitizantes.
La Nueva Normalidad (durante y post pandemia) y su incidencia en las relaciones de consumo están dando que hablar y se hablará mucho del tema. Aquí planteamos sólo dos de los tantos temas que nos preocupan, por la urgencia que presentan.
En principio detectamos estas prácticas en España, quien está más adelante que nosotros en la salida de la Cuarentena, pero inmediatamente encontramos alguna de esas prácticas en nuestro país.
Free Covid:
Encontramos múltiples ofertas de servicios “free covid” libres de covid, libres de coronavirus o promocionadas con frases similares. Entre las ofertas encontramos restaurantes, hoteles, salones para reuniones o fiestas, turismo, etc. La mentira de la oferta es casi evidente, nadie puede garantizar el no contagio en determinada situación frente a la escasa evidencia científica que poseemos hasta el momento. Por otro lado, hay evidencia científica de gran cantidad de enfermos asintomáticos (indetectables mientras transitan la enfermedad) que pueden compartir un lugar con el resto de los usuarios sin saberlo. Alguien podrá decir que “diligentemente toma todos los recaudos” pero ello no puede significar que logran eliminar el contagio sino que sólo minimizan el riesgo. Por otro lado lleva a que los usuarios y consumidores bajo la fantasía de una protección inexistente aflojen y se relajen en el cumplimiento de las indispensables normas de protección (lavado de manos, barbijos, distanciamiento social, etc.) reemplazando el adecuado consejo de las autoridades y los científicos por la publicidad de empresarios -como mínimo- descuidados y displicentes.
Sanitizantes:
Los productos aprobados como sanitizantes (por el ANMAT) son desarrollados para reducción de bacterias, lo que los hace ineficaces para virus y demás microorganismos. (Concretamente ineficaces para el Coronavirus) Además, son desaconsejados por el ANMAT los pórticos, túneles y cabinas con rociadores con sanitizantes ya que aún aquellos autorizados lo son para el uso sobre sustancias inertes y no sobre personas.
A pesar de lo manifestado encontramos publicidad de estos artefactos y también a ellos colocados en las puertas de ingreso de diversos centros de consumo (bancos, hiper y super mercados, etc).
(https://www.argentina.gob.ar/noticias/acerca-de-las-cabinas-sanitizantes-o-tuneles-de-desinfeccion)
Entendemos que debería prohibirse la publicidad y venta de estos productos en las condiciones expuestas, porque como dice el art. 42 de nuestra Constitución Nacional los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud.
Buenos Aires, 12 de Junio de 2020.
Comentarios cerrados.