EDICTO “UNIÓN DE USUARIOS Y CONSUMIDORES Y OTRO C/BANCO MACRO S.A. S/SUMARÍSIMO”

admin 8 febrero, 2021 0
EDICTO “UNIÓN DE USUARIOS Y CONSUMIDORES Y OTRO C/BANCO MACRO S.A. S/SUMARÍSIMO”

En atención al acuerdo conciliatorio arribado en los autos “Unión de Usuarios y Consumidores y otro  c/Banco Macro S.A. S/sumarísimo”, (Expte. 31.958/2010) iniciado por Unión de Usuarios y Consumidores y por Consumidores Libres Coop. de Provisión de Servicios Comunitarios, de trámite ante  el  Juzgado  Nacional  de  Primera  Instancia  en  lo  Comercial  N°  1,  Secretaría  N°  1,  el  Banco Macro S.A. pone en conocimiento de  sus clientes y ex  clientes que  fueran titulares  de tarjetas de crédito  Visa,  American  Express  y  Mastercard  emitidas  por  Banco  Macro  S.A.  durante  el  período comprendido  entre  el  13  agosto  de  2007  y  el  19  de  diciembre  de  2014  que  les  restituirá  los montos que se le hubiera cobrado por el concepto “Exceso Límite de Compra”, durante el periodo recién indicado  con  más  el  IVA  percibido  en  relación  al  mismo  e  intereses.  Los  usuarios  que actualmente  sean  clientes  de  la  entidad,  verán  reflejada  la  acreditación  en  la  liquidación  de  su tarjeta de crédito o alternativamente en su cuenta a la vista, dentro de los 60 días de homologado en firme este acuerdo, con más los intereses calculados a la tasa activa del BNA, desde la fecha la  transacción original hasta la efectiva acreditación de los importes. Los usuarios que hayan dejado de ser clientes se les transferirá los importes a restituir a alguna cuenta del que sean titulares en el sistema  financiero  a  través  de  COELSA  y  en  caso  de  no  resultar  ello  posible,  podrán  presentarse dentro del año siguiente a la presente publicación en cualquier sucursal del Banco Macro, donde previas  verificaciones  de  rigor,  se  efectuará  el  reintegro  en  efectivo  o  bien  indicar  por  correo electrónico  al atenciondeacuerdojudicial@macro.com.ar o  telefónicamente  al 0810-555-2355  (en caso de ser cliente) y al 0810 777 3643 (en caso de ser ex cliente) el CBU de la cuenta del que sea titular  para  su  transferencia.  Las  sumas  a  devolver  serán  previamente  compensadas  con  las deudas  que  los  usuarios  clientes  o  ex  clientes  mantuvieran  con  el  Banco.  Los  usuarios  que  no deseen  estar  comprendidos  en  el  presente  acuerdo  podrán  manifestar  su  voluntad  de  apartarse de  la  solución  adoptada  en  los  términos  del  art.  54  de  la  Ley  24.240  a  través  de  una  nota  a presentar  ante  el  juzgado  interviniente en  los  autos  ya  citados.  El texto del acuerdo y de la sentencia homologatoria podrá ser consultado en la página Web del Poder Judicial de la Nación (www.pjn.gov.ar).———————————————–

DOCUMENTACIÓN PERTINENTE DEL EXPEDIENTE MENCIONADO:

Acuerdo

 

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