El fin del COPREC

admin 6 febrero, 2025 0
El fin del COPREC

Por Fernanda Lacey

Nos siguen recortando el ejercicio de nuestros derechos. Hoy le tocó a las Conciliaciones Previas en las Relaciones de Consumo.

El Estado Nacional disolvió el COPREC. Lo hizo a través de un decreto, en virtud de las facultades que le fueron delegadas en la llamada Ley Bases (27.742) en julio de 2024.

¿Qué era el COPREC?

El COPREC era el Sistema Nacional de Resolución de Conflictos en el marco de las relaciones de consumo. Estaba regulado por la Ley 26.993, aprobada por el Congreso en 2014, y establecía un esquema completo para resolver disputas entre consumidores y proveedores de bienes y servicios.

Su particularidad era que agotaba la vía administrativa, es decir, si no se llegaba a un acuerdo en la instancia conciliatoria, el acta de cierre permitía a la persona consumidora acceder directamente a la Justicia.

En cambio, en otras jurisdicciones (provincias y CABA), para iniciar una acción judicial se exige una mediación previa obligatoria. Este cambio no es menor: implica una nueva instancia, más dilaciones y costos, perjudicando a la parte más débil: el consumidor.

Un sistema ágil y eficiente

Al inicio, el COPREC solo tenía sede en CABA, por lo que las audiencias se realizaban allí. Sin embargo, con la pandemia y la implementación de audiencias virtuales, su alcance se amplió a todo el país, convirtiéndose en una herramienta más accesible, ágil y eficiente para usuarios y consumidores a lo largo y a lo ancho del país. en todas las provincias.

Es importante mencionar que sólo se puso en funcionamiento una parte de la ley 26.993. El sistema completo incluía la creación de la Justicia en las relaciones de consumo y la figura del auditor, para resolver indemnizaciones por daños para casos de menor cuantía, sin necesidad de acudir a la justicia. Esto nunca se puso en marcha.

Como todo sistema, podía mejorarse. Pero la opción nunca debe ser el vaciamiento ni la eliminación, y menos cuando hablamos de un mecanismo que atendía en promedio 200.000 reclamos anuales, con un índice de acuerdos del 59% (según datos de 2021).

Un retroceso en los derechos de los consumidores

El COPREC permitió equiparar la falta de oficinas de defensa al consumidor en muchas provincias, donde la protección de los derechos de los usuarios queda a merced de la voluntad política de cada gobernador o intendente.

El sistema unificaba criterios de admisión, procedimientos y sanciones, garantizando igualdad de acceso a la protección de derechos sin importar el lugar de residencia. Ahora, en cambio, el acceso a la defensa de sus derechos dependerá de dónde viva el consumidor.

Con esta disolución, la Secretaría de Comercio, como autoridad de aplicación de la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor), está renunciando a su rol y delegando toda la responsabilidad en jurisdicciones locales que pueden no estar preparadas para asumir la cantidad de reclamos. Escudándose en el federalismo, dejan librada al azar la protección de las personas usuarias y consumidoras de todo el país. El federalismo también se respeta, cuando el estado nacional logra equiparar las diferencias que se dan por el lugar donde vivimos. En general, las personas consumidoras que viven en el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires), tienen garantizada una protección mayor que quienes se encuentren en alguna localidad pequeña de otra provincia del nuestro país.

El Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que las personas usuarias y consumidoras tiene derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Son las autoridades las responsables de garantizar esa protección.

Hasta ayer, cualquier persona consumidora podía elegir dónde presentar su denuncia. Hoy, ya no: dependerá de su lugar de residencia y de la estructura que cada jurisdicción tenga disponible. Si no logra una solución, deberá enfrentar una mediación obligatoria, repetir su caso y, solo si fracasa, podrá acceder a la Justicia. Un camino mucho más difícil para quien ya es la parte más débil en la relación de consumo.

La eliminación del COPREC: un golpe a la progresividad de derechos

Los derechos de las personas consumidoras son derechos humanos y forman parte de los llamados “derechos de tercera generación”, que deben respetar el principio de progresividad y no regresión. La regla de progresividad implica que los derechos que gradualmente se fueron ganando no pueden retroceder sin que exista un motivo que justifique ese retroceso.

La disolución del COPREC es justamente eso, un enorme retroceso. Nos preocupa y nos lleva a reflexionar sobre los actores económicos que nuevamente se ven beneficiados por estas políticas públicas de la época.

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